Expediente No. 869-2015

Sentencia de Casación del 04/03/2016

“…El análisis que realizó la Sala respecto a la prueba no constituye valoración de la misma, pues, lo que hizo fue verificar la información que cada uno de ellos aportó respecto al hecho juzgado, razonando por qué a su criterio fue correcta la valoración que hizo el sentenciante de las mismas, encontrando que toda la prueba en conjunto permite establecer la violación de la cual fue víctima la menor, así como atribuirle tal hecho al procesado. Razonó que las inconsistencias entre peritos es normal, dada la función que tenía encomendada cada uno de ellos, siendo lógico que desatendieran aspectos para los cuales no fue instada su intervención, pero que a través de todos los indicios, se estableció que la víctima fue abusada sexualmente, hecho que le es imputable al procesado de acuerdo a lo declarado por la madre de la agraviada quien afirmó que la menor se quedó bajo el cuidado de (…) mientras ella realizaba compras en el mercado, extremo que el mismo corroboró con su antitesis relativa a que lo que ocurrió fue que la menor se golpeó, aspecto que el sentenciador y la Sala consideraron como falso, dadas las características de las lesiones, sumado a que era imposible que el sindicado no se haya dado cuenta para prestarle inmediato auxilio.

De esta manera, la Sala de Apelaciones atendió a la sustancia de cada uno de los reclamos, por lo que la conclusión a la que arriba esta Cámara es que la sentencia recurrida cumple con la motivación necesaria…”